Hace ya tiempo que la independencia de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) se reconoce como un principio fundamental para asegurar la credibilidad y la efectividad de la auditoría del sector público. De hecho, desde la adopción de la Declaración de Lima en 1977, el consenso global es palmario: las EFS no pueden cumplir eficazmente su mandato de supervisión sin disponer de un elevado grado de independencia, garantizado tanto formal como materialmente. La independencia no solo tiene una función técnica, sino también un significado normativo, conforme sustenta la rendición de cuentas de los gobiernos ante sus ciudadanos y contribuye al objetivo más amplio de fortalecer las instituciones, tal y como se articula en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y, en particular, en el Objetivo 16 sobre paz, justicia e instituciones sólidas.
Por: R. Yudi Ramdan Budiman
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