Fortalecimiento de la independencia de las EFS: el progreso global y la experiencia saudí

Fuente: Tribunal General de Cuentas de Arabia Saudita

Por la Sra. Areej Mousa Aljehani, Tribunal General de Cuentas, EFS del Reino de Arabia Saudita

Introducción

Las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) son elementales para salvaguardar los recursos públicos, velar por que los gobiernos rindan cuentas y fomentar la transparencia en la gestión de los fondos públicos. Un factor clave para cumplir estas funciones es la independencia de influencias externas indebidas, gracias a la cual es posible realizar auditorías desde la objetividad y la credibilidad. Tal y como se subraya en las orientaciones de la INTOSAI, las EFS operan con la máxima efectividad cuando se encuentran protegidas frente a toda interferencia, ya que esto las faculta para desarrollar las estrategias adecuadas, recabar la información necesaria y presentar sus hallazgos sin reservas (INTOSAI, 2019). Las influencias políticas, las limitaciones presupuestarias y el acceso restringido a los registros son factores susceptibles de socavar la calidad de la auditoría y mermar la confianza pública. En el presente artículo se expone cómo el Tribunal General de Cuentas de Arabia Saudita ha sorteado con éxito los desafíos a su independencia mediante unos marcos legales rigurosos y su ejecución disciplinada, al tiempo que esboza algunas ideas prácticas que otras EFS pueden hacer suyas para reforzar su independencia y, de este modo, mejorar la gobernanza y la confianza de la ciudadanía.

El fortalecimiento de la independencia: las reformas del Tribunal General de Cuentas (TGC) de Arabia Saudita 

Con anterioridad a 2019, el TGC operaba con arreglo a un marco financiero y administrativo en el que reportaba al Consejo de Ministros y los nombramientos de los cargos directivos requerían a la vez de una decisión ministerial y del refrendo del Rey. A falta de un marco de auditoría claramente establecido, la capacidad del TGC de programar y priorizar de forma sistemática sus auditorías era limitada. La asignación de los recursos seguía unos cauces presupuestarios centralizados, en detrimento de la planificación y el funcionamiento autónomo del TGC. Aunque funcional, esta estructura dejaba a la institución expuesta a la influencia pública y tornaba su labor vulnerable a las presiones externas.

En 2020 y en virtud de la promulgación de un Real Decreto, se introdujeron importantes reformas y los nombramientos de los cargos directivos fueron transferidos al Rey. Esto constituyó una profunda remodelación de la gobernanza, reduciéndose la influencia política y consolidándose la autonomía operativa. Entre las disposiciones clave figuraban el nombramiento regio del Presidente y del Vicepresidente, y la independencia financiera y administrativa que permitía al Presidente establecer la estructura organizativa, el presupuesto y los estatutos para su aprobación por el Rey. Asimismo, estas reformas alinearon el TGC con los principios de la INTOSAI-P 10 (INTOSAI, 2019), consagrando la independencia en la legislación y trasladando las protecciones legales a la práctica y a la operativa diaria.

La independencia operativa en la práctica

En Arabia Saudita, la independencia no solo es estatutaria, sino también operativa. El mandato del TGC garantiza el derecho de acceso irrestricto a los registros, amparado por consecuencias legales en caso de incumplimiento. También otorga la potestad para elevar las cuestiones no resueltas a los niveles ejecutivos más altos, garantizando así la rendición de cuentas, y el hecho de reportar directamente al Rey refuerza las salvaguardias institucionales contra las injerencias. A partir de 2020, estos mecanismos de protección han permitido a los equipos de auditoría llevar a cabo sus procedimientos sin influencias indebidas, registrándose hasta finales de 2025 una mejora ostensible en términos de calidad y periodicidad de los informes de auditoría. 

En las operaciones diarias, el marco legal y las prácticas institucionales aseguran el acceso fluido a los registros necesarios y consecuencias claras si los auditados se resisten a cooperar. El TGC puede presentar informes a la máxima autoridad y colaborar con los auditados a efectos de abordar los hallazgos, escalando las cuestiones cuando no se resuelven. Esta combinación de salvaguardias legales y protocolos operativos supone la materialización efectiva de la independencia estatutaria en la práctica, al tiempo que preserva la objetividad, protege los recursos públicos e impulsa la visión del TGC de precursor de la excelencia en la auditoría pública.

No obstante, las presiones institucionales inherentes a la ejecución de una auditoría persisten. Y, por otra parte, los auditados suelen preferir las evaluaciones en clave de cooperación en vez de crítica. Aquí, el TGC ha respondido basando su labor en los benchmarks internacionales y ajustarse tanto a las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) como a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) a fin de garantizar la objetividad. Además, ha invertido en la especialización de sus equipos de profesionales en materia de sistemas de tecnología de la información (TI), de activos financieros y de revisión de contratos, preparándolos para manejar con seguridad las auditorías más complejas. La transparencia ha quedado fortalecida a través de la presentación de informes al Rey, y se está manteniendo un diálogo muy constructivo con los ministerios, dejando claro, eso sí, que los dictámenes finales de auditoría corresponden exclusivamente al TGC. Y, a modo de ejemplo de nuestro proceder práctico, en las auditorías de los programas de privatización y de los grandes proyectos de infraestructuras se ha puesto especial énfasis en la transparencia de las adquisiciones, la valoración de los activos y el cumplimiento de los contratos, comunicando incluso los hallazgos políticamente delicados con claridad y reafirmando así la credibilidad del TGC como custodio neutral de los fondos públicos.

Figura 1. Evolución de las reformas del TGC en Arabia Saudita (Oficina de Expertos, 2019; Tribunal General de Cuentas, 2020). 

Ideas prácticas para fortalecer la independencia de las EFS

La experiencia de Arabia Saudita demuestra que la independencia como tal debe estar consagrada en la legislación, pero sostenida a su vez en la práctica diaria, lo que significa que el acceso a la información, a los conocimientos especializados necesarios y a las distintas herramientas es un factor esencial. Las reformas legales —como el establecimiento de mandatos explícitos, de líneas jerárquicas claras o de garantías en los nombramientos de los cargos directivos— proporcionan los cimientos, pero estos deben reforzarse con una autonomía financiera y administrativa capaz de proteger la toma de decisiones interna.

De ahí que la independencia operativa también sea un elemento crítico, puesto que requiere garantizar, en la práctica diaria, el acceso a los registros y a determinados conocimientos técnicos para la gestión de las auditorías complejas, así como la presentación transparente de informes a los más altos niveles del gobierno y a la opinión pública. La transparencia favorece la credibilidad. Y el compromiso constructivo con las entidades auditadas puede fortalecer la independencia. Sin embargo, al mismo tiempo es imperativo que la EFS conserve un control pleno e inequívoco sobre la presentación de sus hallazgos, sin injerencia alguna en el contenido material de sus informes. Otro aspecto clave, quizás el más importante, es la adaptabilidad. A medida que las administraciones públicas vayan emprendiendo reformas, las EFS deberán ir modernizando sus métodos y habilidades para seguir siendo relevantes y creíbles.

Partiendo de esta base, el TGC ha participado proactivamente en redes internacionales de pares e iniciativas como las de la INTOSAI o de la Iniciativa de Desarrollo de la INTOSAI (IDI), como parte de su propia estrategia de fortalecimiento de la independencia. A través de estos compromisos, el TGC ha podido contrastar sus salvaguardias jurídicas, financieras y operativas con las mejores prácticas a escala mundial y adaptar las lecciones aprendidas a su contexto nacional. El intercambio de experiencias con otras EFS le ha servido para aprender a gestionar desafíos como la presión política, las limitaciones presupuestarias o las auditorías de temas delicados. Y, en su conjunto, todas estas interacciones han mejorado la credibilidad y la autonomía operativa de la institución, reforzado su independencia de facto y facilitado el acceso a orientaciones técnicas, marcos de trabajo y herramientas que complementan las reformas nacionales. Al integrar las ideas y perspectivas de las redes de ámbito global en sus propias prácticas, el TGC ha sabido aprovechar el compromiso internacional como un mecanismo efectivo y práctico para sostener y afianzar su independencia.

Conclusión

La independencia no es fruto de una única reforma, sino de un proceso continuo. La experiencia del Tribunal General de Cuentas de Arabia Saudita demuestra que se tienen que conjugar las salvaguardias legales, la autonomía operativa y unas prácticas institucionales sólidas para que la independencia se convierta en un hecho tangible a efectos prácticos. Mediante el establecimiento de mandatos claros, la protección de los nombramientos de los cargos directivos y la garantía de unos marcos presupuestarios sólidos y unos informes transparentes, el TGC ha consolidado su capacidad para auditar sin interferencias y velar por los recursos públicos. Su enfoque proactivo —que incluye la adquisición de conocimientos especializados y la participación en redes internacionales de homólogos— viene a confirmar que la adopción de medidas concretas puede fortalecer la independencia tanto de iure como de facto. Esta experiencia demuestra una vez más que la independencia de las EFS resulta más sólida cuanto más concurran las medidas legislativas, institucionales y operativas en aras de la rendición de cuentas y la confianza pública.


Referencias

  1. Oficina de Expertos (Reino de Arabia Saudita). Ley del Tribunal General de Cuentas (enmendada por el Real Decreto n.º M/178 de 2/12/1441H). Riad: Oficina de Expertos, 2020. https://laws.boe.gov.sa/BoeLaws/Laws/LawDetails/5dc538d4-5bbd-4995-8f0c-a9a700f2c88c/1?utm_source.
  2. Tribunal General de Cuentas (Reino de Arabia Saudita). Folleto introductorio. Riad: GCA, 2020. https://www.gca.gov.sa/uploads/documents/Introductory.brochure.pdf
  3. Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI). INTOSAI-P 10: Declaración de México sobre la Independencia de las EFS. Viena: INTOSAI, 2019. https://www.intosai.org/fileadmin/downloads/documents/open_access/INT_P_1_u_P_10/INTOSAI_P_10_en_20….
La autora, Sra. Areej Mousa Aljehani. Fuente: Tribunal General de Cuentas
Volver arriba